SUPERINTENDENCIA DE SALUD, ADRES Y LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACION INVESTIGAN ACTUACIONES FRAUDULENTAS SISTEMÁTICAS EN VARIAS CIUDADES DE LA COSTA

SUPERINTENDENCIA DE SALUD, ADRES Y LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACION INVESTIGAN ACTUACIONES FRAUDULENTAS SISTEMÁTICAS EN VARIAS CIUDADES DE LA COSTA POR UN GRUPO FAMILIAR
La investigación se inició en el mes de junio del año 2023, por parte de FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y avanza por los presuntos delitos de FRAUDE PROCESAL y ESTAFA, con el NUC. 080016001257202319618 ante la FISCALIA 05 SECCIONAL – SOLEDAD, tras la denuncia interpuesta por el representante legal de la sociedad SOPORTE CRÍTICO LTDA., GUSTAVO DE LA HOZ CARO, como propietario del inmueble, en contra de TOMÁS AUGUSTO MOLINARI DORIA, identificado con cédula de ciudadanía No. 78.075.338.
Los hechos, según consta en la denuncia, se derivan de un patrón sistemático de SUPLANTACION EMPRESARIAL Y FALSEDAD en la información entregada a la CAMARA DE COMERCIO sobre el domicilio de actividades económicas de unas sociedades representadas legalmente por él, y vinculadas al inmueble ubicado en la carrera 22 No.10A-86 del municipio de Malambo (Atlántico), propiedad legalmente acreditada a la empresa denunciante.
De acuerdo con el relato, el indiciado habría incurrido en un comportamiento reiterado y estructurado, registrando múltiples sociedades ante la Cámara de Comercio con la misma dirección del inmueble de su propiedad, sin ejercer realmente ninguna actividad real en el.
Las empresas relacionadas en la denuncia incluyen:
CLÍNICA MÉDICO QUIRÚRGICA SAN PEDRO CLAVER S.A.S.
AMBULANCIAS MÉDICAS DE LA COSTA S.A.S.
CLÍNICA MÉDICO QUIRÚRGICA SANTO TOMÁS S.A.S.
CLÍNICA MÉDICO QUIRÚRGICA SAN JACINTO S.A.S.
La presunta maniobra de TOMÁS AUGUSTO MOLINARI DORIA consistía en inducir en error a entidades públicas y privadas, pacientes, IPS y EPS, sobre la ubicación real de estas sociedades, con el propósito de obtener decisiones o beneficios legales, contractuales o financieros, y facturar estas sociedades a las aseguradoras recobros del SOAT.
Así mismo, se identificó que dichas sociedades continuaron facturando servicios médicos haciendo uso indebido del domicilio registrado, el cual fue legalmente cedido en comodato exclusivo a la sociedad ASCLEP SALUD IPS S.A.S., entidad que sí se encuentra debidamente habilitada y autorizada para operar en dicho inmueble.
El denunciante también informó haber elevado derecho de petición ante la Cámara de Comercio de Barranquilla para solicitar la desanotación de las direcciones intencionalmente mal registradas, recibiendo como respuesta la negativa de la entidad por no ajustarse a las causales estipuladas en la Circular Única de la Superintendencia de Sociedades, lo que evidencia la existencia de vacíos normativos que están siendo explotados de forma deliberada por este grupo familiar.
La Fiscalía indaga la existencia de un modus operandi dirigido, coordinado y reiterado, posiblemente con fines de defraudación, el cual afecta la transparencia registral, la fe pública, y puede tener implicaciones contractuales, tributarias y administrativas. En el desarrollo de la indagación se encuentran recaudadas múltiples pruebas documentales, incluyendo certificados de existencia y representación legal, contrato de comodato, certificado de tradición del inmueble, y RUT de las entidades implicadas.
El caso podría escalar a una tipificación más grave por la posible existencia de una estructura de fachada empresarial de un grupo familiar, con fines de engaño y perjuicio económico a terceros, y al estado, lo cual agravaría la situación jurídica del indiciado y de los representantes de las sociedades involucradas.
La Fiscalía reitera que estas actuaciones violan principios fundamentales del derecho registral, la buena fe contractual y la integridad procesal, y que cualquier decisión judicial obtenida mediante engaño será nula de pleno derecho.
Del examen de los hechos se identifican las siguientes características típicas de una conducta organizada y reiterada, propia de tipologías de fraude estructurado:
Uso deliberado de documentación registral falsa o imprecisa.
Reiteración de la conducta mediante varias empresas, todas vinculadas al mismo núcleo personal y familiar.
Instrumentalización de la Cámara de Comercio como medio para dar apariencia de legalidad.
Persistencia en el uso del inmueble como fachada documental incluso tras notificación formal del propietario.
Facturación con dirección ajena, presumiblemente para inducir en error a terceros.
Tales comportamientos se asocian con estructuras de tipo empresarial ficticio o de fachada, empleadas comúnmente en esquemas de evasión, suplantación o desvío de recursos público.
De igual manera la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN investiga a TOMÁS AUGUSTO MOLINARI DORIA, por el delito de ESTAFA, bajo el NUC. 08137600126222410064 ante la FISCALIA 02 SECCIONAL-SOLEDAD, contra el se investigan en otras unidades de FISCALIA otros hechos denunciados.