Las dos vías del Gobierno frente a fallo sobre reforma tributaria

 Las dos vías del Gobierno frente a fallo sobre reforma tributaria

Tras la declaratoria de inexequibilidad el pasado jueves en la Corte Constitucional de la norma de la reforma tributaria que prohibía la deducción de las regalías de la base gravable del impuesto de renta de las empresas dedicadas a la exploración explotación de recursos naturales no renovables, el presidente Gustavo Petro advirtió: “Le toca al ministro de Hacienda, después de esta decisión que no puedo compartir, recortar el presupuesto de las tres ramas del poder público”. Agregó que “la ley ordena, cuando los ingresos no pueden ya financiar el gasto, que el ministro de Hacienda recorte los presupuestos”.

No obstante, dicho pronunciamiento fue leído en varios sectores políticos opositores e independientes como una suerte de amenaza, al tiempo que se ponen de presente la paradoja de que haya recursos sin ejecutar aún en el Gobierno y se preguntan cómo va a financiar el Ejecutivo los subsidios de la recién lanzada Renta Ciudadana.

Las razones de la Corte

La Corte resolvió una demanda del representante Carlos Edward Osorio, del Centro Democrático, que consideraba que “la norma vulnera el principio de equidad tributaria porque grava un gasto como si fuera una utilidad y, por tanto, lo incluye en la renta líquida gravable, a pesar de que aquel no incrementa el patrimonio del contribuyente”.

Por ello, la Sala Plena concluyó que las regalías “no incrementan el patrimonio del contribuyente”, ante lo que indicó que “la deducción de las regalías opera como una minoración estructural”.

Para la corporación, la norma “genera un trato diferenciado entre dos grupos comparables: las empresas dedicadas a la explotación de RNNR que pagan las regalías en especie y las empresas que se dedican a la misma actividad económica, pero que pagan las regalías en dinero”.

Agrega en este punto que aunque “las finalidades perseguidas por la norma no están prohibidas por la Constitución Política, la disposición no cumple el criterio de idoneidad, pues el medio empleado sí está prohibido”, ya que “no se sustenta en la capacidad contributiva de los obligados o en el objetivo de lograr un mayor recaudo tributario. Por el contrario, parece obedecer únicamente al propósito de que la norma tributaria refleje el tratamiento contable de las regalías”.

Expone además que la actividad económica de explotación de recursos naturales no renovables está expuesta a una alta volatilidad de precios, determinada por factores externos al explotador, o al país en el que ocurre la explotación.

Aquí, se lee, “en periodos de precios bajos, la prohibición de deducción de las regalías, tal como fue adoptada, es decir de forma permanente y sin condicionamientos, excepciones, o reglas de compensación, aumenta artificialmente la base gravable de forma que hace confiscatorio el impuesto”.

Y puntualiza que la disposición acusada es inexequible por violación del principio de equidad tributaria.

La queja de Petro

En respuesta, Petro escribió en sus redes sociales: “¿Qué significa deducir del impuesto de renta de una empresa petrolera o carbonera las regalías? Que se considera que la regalía es un gasto de la empresa petrolera y no un derecho de la Nación por ser esta la dueña del subsuelo. Y que se le regalan impuestos a las empresas petroleras carboneras impuestos que deberían atender el gasto social de Colombia”.

Así mismo, precisó que su deber como colombiano “en un país al que siempre lo han estafado en la venta de sus materias primas energéticas, es decir lo que significan las regalías. Las regalías no son un costo del empresario de petróleo. El petróleo es propiedad del pueblo colombiano. Cuando el Estado concede explotarlo a un particular, el Estado se queda con una parte, precisamente porque el bien explotable es propiedad del pueblo: el petróleo”.

Por lo que, agrega, cuando la Corte “vuelve el derecho del pueblo una deducción del impuesto de renta del particular, le regala impuestos a gente muy poderosa económicamente y produce una profunda injusticia social; vuelve inocuo el derecho del pueblo a su propiedad. Es una verdadera expropiación de un bien nacional que se convierte de facto en un bien particular, y no de cualquier particular: los particulares más poderosos del mundo. Un verdadero retroceso hacia el fortalecimiento de la economía fósil, de la que la humanidad debe escapar para sobrevivir, y un debilitamiento del Estado para hacer la transición energética.

Y concluye el jefe de Estado que “literalmente se pasó el dinero que iba a la educación, la salud y la transición energética a convertirse en pura utilidad de las multinacionales del carbón y el petróleo”.

Las reacciones al fallo

El expresidente Álvaro Uribe Vélez, líder natural del partido opositor Centro Democrático, autor de la demanda ganadora, felicitó a su copartidario Carlos Edward Osorio, “quien presentó la demanda en buena hora acogida por la Corte Constitucional. Ayuda a la confianza en Colombia que la Corte Constitucional haya aceptado que las regalías son deducibles como otros costos”.

A su vez, el senador David Luna, del también opositor Cambio Radical, advirtió en sus redes sociales que “hay que ser más responsables, señor presidente. No se puede aumentar el recaudo a punta de normas inconstitucionales. Por esa y otras razones, voté negativamente la reforma tributaria de su ministro (de Hacienda, José AntonioOcampo. El tiempo y el derecho nos dieron la razón. Ah, y no amenace con recortes”.

De igual modo, el concejal electo de Bogotá por el uribismo Daniel Briceño señala que a Petro “se le cae gran parte de su reforma tributaria por inconstitucional en la Corte, e inmediatamente sale a amenazar con recortes de presupuesto a la rama judicial. Un pésimo mensaje. Lo que debe recortarse es ese derroche llamado Ministerio de la Igualdad”.

Por otra parte, el ex ministro de Hacienda José Antonio Ocampo, autor de la tributaria, trinó al respecto: “Respeto pero no comparto la decisión de la Corte. Las regalías no son un costo de producción, sino la participación del Estado en las utilidades que se generan al explotar un recurso natural. Es decir, son equivalentes a un dividendo, que no es deducible como costo en el impuesto de renta. Como resultado de esta decisión, el Gobierno tendrá que hacer los ajustes correspondientes en el presupuesto”.

Igualmente, la senadora Clara López, del Pacto, pone de presente que la Corte acepta que sí cabe eliminar deducción de regalías, “pero dice que es inequitativo porque acaban pagando más los que deducían en dinero que los en especie. Optó porque el Estado no recibiera su derecho. Así pierden los colombianos todos. Qué idea tan extraña de equidad”.

Las 2 vías que plantea Minhacienda

El ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, dijo que hay dos vías: “Identificar si podemos trasladar el pago de regalías a que sea en especie, de tal manera que no entren en la contabilidad de quienes explotan el recurso y dado que la discusión en la Corte siempre giró acerca del pago de regalías en dinero”.

Y segundo, “como esto desfinancia el Presupuesto de 2024 en aproximadamente $3 billones más la retención en la fuente en 2023, establecer un recorte en el Presupuesto. Es un recurso de libre destinación y por lo tanto tendremos la libertad de decidir en qué áreas”.

Con la medida se iban a recaudar alrededor de $10 billones

La Asociación Colombiana del Petróleo señaló que la decisión de tumbar la prohibición para deducir regalías de la industria extractiva traerá “beneficios para las regiones y la calidad de vida de los colombianos”.

La Asociación Colombiana del Petróleo (ACP) considera que la decisión atraerá inversiones en el futuro para Colombia.

“El fallo de la Corte Constitucional que declara la inconstitucionalidad del artículo de la Reforma Tributaria mediante el cual se prohibía la deducibilidad de las regalías del impuesto de renta para las empresas del sector minero-energético abre la puerta para atraer más inversión de largo plazo y beneficios para las regiones y la calidad de vida de los colombianos”

Según las cuentas del Ministerio de Hacienda, la deducibilidad de las regalías afecta negativamente el presupuesto al disminuir los ingresos corrientes y el gasto público que se puede financiar de forma sostenible. El Ministerio de Hacienda estimó que con esta medida se recaudarían $3,38 billones en 2023; $2,79 billones en 2024; $2,2 billones en 2025 y $1,97 billones en 2026.

Con la decisión de la Corte los números del Gobierno le indican que dejará de recaudar esos recursos señalados, y en consecuencia habrá menos dinero para el presupuesto. Antes de la reforma tributaria, el costo asociado a las regalías arrojó como resultado una disminución en la base del impuesto de renta (35 % para todas las empresas colombianas). Con la reforma tributaria, este costo ya no se podía deducir de la renta fija y, por ende, elevó el impuesto.

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