Consejo de Estado admite demanda contra decreto sobre energía en el Caribe

 Consejo de Estado admite demanda contra decreto sobre energía en el Caribe

La Asociación Unión Nacional de Comerciantes, Undeco, informó este martes en un comunicado que el Consejo de Estado admitió una demanda de esta asociación contra el decreto presidencial del servicio de energía eléctrica en el Caribe.

“Mediante providencia de la magistrada Nubia Margoth Peña Garzón, la Sección Primera del Consejo de Estado admitió la demanda de simple nulidad presentada por Undeco contra el Decreto 1645 de septiembre 10 de 2019, expedido por el presidente de la República, el Ministerio de Minas y Energía y el Departamento Nacional de Planeación”, se lee.

Por medio de este decreto “se adiciona el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, 1073 de 2015, respecto de la adopción de un régimen transitorio especial para asegurar la sostenibilidad de la prestación eficiente del servicio público domiciliario de energía eléctrica en la Costa Caribe“, indica Undeco.

Al respecto, Orlando Jiménez Jiménez, representante legal de Undeco, y el abogado experto en derecho constitucional, administrativo y  tributario William Flórez Noriega señalaron en el documento que “las descomunales, excesivas e insoportable tarifas de energía eléctrica han afectado y continúan perjudicando gravemente a grandes, medianos, pequeños comerciantes e industriales, tiendas, graneros, restaurantes, hoteles, hospitales, universidades, almacenes, bancos, colegios, iglesias, entre otros, y en general a los usuarios de todos los estratos del servicio público de energía en la región Caribe”.

Esto, añaden, porque las empresas prestadoras del servicio de energía eléctrica “facturan las pérdidas de energía que otras personas se robaron, con apoyo en las  resoluciones inconstitucionales, ilegales, arbitrarias e injustas 010 del 30 de enero de 2020 y 078 del 24 junio de 2021 de la  Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG). Dichas resoluciones de CREG se fundamentan en el decreto presidencial 1645 de 2019, lo que significa que al declararse la nulidad del decreto presidencial demandado, se quedan sin piso jurídico las resoluciones 010 y 078 de la CREG, y no pueden seguir cobrándole a los usuarios la energía que otros se han robado“.

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